Novedades tributarias para 2021 LPGE

Novedades tributarias para 2021 LPGE

El día 1 de enero de 2021 entraron en vigor nuevas medidas en materia tributaria, contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

A continuación resumimos las novedades que nos resultan más relevantes:

IRPF

Tributación de rentas generales: Incremento del 2% del tipo aplicable a la base general estatal para rentas superiores a 300.000€.

Se establece un nuevo último tramo, a partir de los 300.000€, que pasa del 22,50% al 24,50%.

Para determinar la tarifa completa habrá que añadir la tarifa autonómica de cada CCAA. Así, como en Asturias el tipo máximo autonómico vigente es del 25,50%, la nueva subida del tipo estatal para 2021 supondrá un tipo conjunto del 50% (24,50% + 25,50%) a partir de los 300.000€.

En igual sentido se eleva el porcentaje de retención de las rentas del trabajo estableciéndose un nuevo tramo del 47% a partir de los citados 300.000€.

 

Tributación de rentas del ahorro: Subida del 3% del tipo aplicable a la base del ahorro para rentas superiores a 200.000€.

Se establece un nuevo último tramo en la tarifa (estatal y autonómica) del ahorro a partir de los 200.000€.

En consecuencia, la nueva tarifa conjunta del ahorro (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales…) será del 19% para los primeros 6.000€, del 21% de 6.000 a 50.000€, del 23% de 50.000€ a 200.000€ y, finalmente, del 26% a partir de los 200.000€.

 

Aportaciones a planes de pensiones y sistemas de previsión social

Hasta la fecha las aportaciones a planes de pensiones podían ser objeto de reducción en la base imponible general del IRPF con un doble límite: a) El 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades y b) 8.000 euros anuales.

  • A partir de 2021, se reduce el segundo límite para las aportaciones individuales de 8.000€ a 2.000€.
  • Sin embargo, para las aportaciones empresariales (las que realizan las empresas a favor de sus trabajadores: PPE y PPSE) se eleva el nuevo límite de los 2.000€ en 8.000€ más, quedando por tanto el límite conjunto en 10.000€.
  • Igualmente se reduce el límite de 2.500€ a 1.000€ respecto a las aportaciones a favor del cónyuge (con rentas inferiores a 8.000€).

 

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Se determina que a partir de 2021 el Impuesto tendrá una vigencia indefinida (hasta ahora se prorrogaba año a año) y se eleva el tipo impositivo el 1% en el tramo más alto de la escala (para la parte del patrimonio superior a 10MM€) pasando del actual 2,5% al 3,5%.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Exención (del 95%) sobre dividendos y rentas positivas de transmisión de valores por doble imposición

Hasta el ejercicio 2020, con carácter general, para evitar la doble imposición de las rentas obtenidas procedentes de sus filiales a modo de dividendos o de transmisión de los valores, las entidades gozaban de exención total (100%) en dos supuestos:

  • Si el porcentaje de participación era igual o superior al 5%, y
  • Si la participación tenía un valor de adquisición superior a los 20MM€.

En ambos casos se requería un año de tenencia de la participación.

Una de las novedades a partir de 2021 consiste en eliminar el segundo supuesto relativo al valor de adquisición de 20MM€. En consecuencia sólo gozarán de exención las rentas de participaciones en porcentaje igual o superior al 5%.

La otra novedad consiste en limitar la exención. Ya no será del 100% sino del 95% de la renta, de manera que el 5% restante sí tributará (como el tipo general es del 25%, la tributación efectiva será del 1,25%).

Finalmente, se establece una especie de régimen transitorio de 3 años en el que no se aplicará la limitación anterior (gozando por tanto de exención al 100%) para determinados supuestos de rentas procedentes de filiales íntegramente participadas y constituidas a partir del 1 de enero de 2021.

 

TIPO DE INTERES LEGAL Y DE DEMORA 2021

  • Interés legal para 2021 en el 3%
  • Interés de demora para 2021 en el 3,75%
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