Inspecciones tributarias

Asesoramiento Tributario

Defendemos a nuestros clientes en los procedimientos de comprobación o inspección de los tributos.

La mayoría de los impuestos del sistema tributario (IRPF, Impuesto sobre Sociedades, IVA, Sucesiones y Donaciones, Transmisiones…) deben ser autoliquidados por los propios contribuyentes. Somos nosotros (los obligados) quienes debemos calificar los hechos, cuantificarlos y declararlos correctamente. Y posteriormente, es la Hacienda Pública (Inspección o Gestión tributaria) la encargada de revisar lo declarado.

La Hacienda Pública a través de los procedimientos de revisión – los más habituales son procedimientos de inspección, los de “comprobación limitada”, y en menor medida los de “verificación de datos”-, comprueba e investiga, y termina los procedimientos emitiendo una liquidación que corrige o regulariza lo declarado. Y en muchas ocasiones, además, impone sanciones al contribuyente.

La AEAT dispone de enormes facultades de comprobación, pues puede realizar numerosas actuaciones de investigación, desde revisar documentación y hacer requerimientos a terceros hasta realizar visitas sorpresa a domicilios y empresas.

Si bien los contribuyentes siempre tienen el derecho a recurrir ante los tribunales administrativos y judiciales frente a las liquidaciones derivadas de las inspecciones o comprobaciones de Hacienda, la fase de comprobación o inspección resulta fundamental para el buen fin del procedimiento.

Las diligencias (documentos que se van formalizando durante el procedimiento que sirven de constancia de hechos y/o manifestaciones del contribuyente) y las actas, pueden, en ocasiones, resultar vitales de cara a la defensa del asunto.

Por estos motivos, desde el inicio del procedimiento, le recomendamos que nombre a un representante especializado en derecho tributario que conozca sus derechos y sus obligaciones para que actúe en su lugar frente a la inspección de hacienda.

Los abogados de alvarez&sota están especializados en la defensa de contribuyentes frente a la inspección de la Hacienda Pública estatal (AEAT) como en procedimientos frente a los Servicios Tributarios del Principado de Asturias u otros organismos revisores.