05 Jul La Asociación Española de Asesores Fiscales señala riesgos en la autoliquidación rectificativa
En mayo, el Congreso de los Diputados aprobó un proyecto de ley que introdujo cambios significativos en la Ley Tributaria, y uno de los aspectos más destacados fue la implementación de la autoliquidación rectificativa. Este nuevo procedimiento busca facilitar a los contribuyentes la posibilidad de completar, modificar o corregir sus declaraciones de impuestos presentadas dentro del plazo establecido, en caso de que se detecten errores o falte información.
Inicialmente, se consideró que este mecanismo agilizaría el proceso y beneficiaría a los contribuyentes, reemplazando el sistema vigente que requería presentar una declaración complementaria o una solicitud de rectificación, dependiendo de si el contribuyente deseaba modificar la declaración para pagar más o menos impuestos, respectivamente.
Durante una comparecencia en la Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados en noviembre de 2022, la directora de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández, presentó esta medida como una forma de agilizar la corrección de errores y, por ende, el reembolso de impuestos a los contribuyentes, evitando así demoras en los procesos.
Sin embargo, este nuevo mecanismo, que aún está pendiente de desarrollo reglamentario para su aplicación en cada impuesto, también presenta efectos adversos para los contribuyentes. Durante el período de audiencia e información pública, que concluyó el 30 de junio, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) presentó observaciones al proyecto de real decreto que contiene dicho desarrollo reglamentario, advirtiendo sobre «la pérdida de derechos del contribuyente» que conlleva esta nueva medida. El proyecto de real decreto desarrolla la autoliquidación rectificativa para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el IVA, el Impuesto de Sociedades, los impuestos especiales y el impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero.
Riesgo de sanción: Según Aedaf, «las garantías del sistema actual desaparecen, ya que la primera autoliquidación queda reemplazada por la declaración rectificativa, lo que crea un riesgo para los ciudadanos que antes no existía». Por lo tanto, la asociación de asesores fiscales expresa sus sospechas sobre los verdaderos objetivos de Hacienda y la Agencia Tributaria con esta ley, al rechazar las supuestas virtudes de este nuevo régimen, que en lugar de tener beneficios, implica una mayor pérdida de derechos para los contribuyentes.
La cuestión radica en que, con el sistema actual, cuando un contribuyente detectaba un error o consideraba que había aspectos a modificar en una declaración ya presentada para beneficiarse y pagar menos impuestos, debía presentar una solicitud de rectificación a Hacienda. Si Hacienda determinaba que la liquidación presentada era correcta y no había nada que corregir, esa liquidación
quedaba como definitiva, sin posibilidad de sanción. De esta manera, la autoliquidación se realizaba con una interpretación más favorable al contribuyente y alejada de los intereses recaudatorios de Hacienda, según destaca Aedaf. La asociación resalta que el sistema vigente hasta ahora brindaba una sólida protección al contribuyente, evitando los riesgos de sanciones.
Aunque el procedimiento anterior alargaba los plazos y podía retrasar las posibles devoluciones de impuestos, ofrecía una mayor seguridad jurídica. En contraste, con la autoliquidación rectificativa, el contribuyente puede modificar una declaración si considera que es necesario, agilizando el proceso. No obstante, ahora se arriesga a enfrentar sanciones por parte de Hacienda, ya que la administración ya no debe aprobar o rechazar la corrección en un paso intermedio. De este modo, el contribuyente perderá esa red de seguridad que existía hasta ahora.
Los asesores fiscales agregan que, tal como lo indica el proyecto elaborado por Hacienda, la introducción de esta norma «reducirá las cargas administrativas, ya que el contribuyente no estará obligado a presentar documentación que respalde su solicitud y, salvo en casos excepcionales, la Administración no realizará verificaciones». Sin embargo, en lugar de ver esto como algo positivo, advierten que «esta aparente reducción de cargas podría llevar a la Administración a realizar devoluciones ‘a ciegas’ para luego iniciar procedimientos de verificación y regularización, con sanciones».
Ante la problemática planteada por esta nueva figura, los asesores fiscales consideran que la solución radica, en primer lugar, en modificar los preceptos de los reglamentos afectados para garantizar que el contribuyente pueda aportar documentación que respalde su solicitud de rectificación. En segundo lugar, proponen modificar el reglamento sancionador para establecer que la Administración no podrá iniciar procedimientos sancionadores basados en los importes derivados de las autoliquidaciones rectificativas, incluyendo no solo la cuota, sino también la base u otros elementos relevantes.
Aedaf destaca la importancia de proteger los derechos de los contribuyentes y de asegurar que cualquier modificación normativa promueva la transparencia, la equidad y la seguridad jurídica en el ámbito tributario.
Sorry, the comment form is closed at this time.