Impuesto sobre Sucesiones 2015

Impuesto sobre Sucesiones 2015

El Impuesto sobre Sucesiones grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

Como saben, en Asturias, desde el 1 de enero de 2011, es obligatoria la autoliquidación del Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones por parte del propio contribuyente. Esto es, son los contribuyentes (los herederos o legatarios) los obligados a calcular el importe de la herencia o legado que reciben, y quienes deben determinar la cantidad a pagar por el Impuesto sobre Sucesiones.

Calcular y declarar el Impuesto sobre Sucesiones no es tarea sencilla.

En primer lugar, se debe tener en cuenta la normativa civil en materia de sucesiones, de forma que habrá de conocerse quiénes son los herederos, en qué proporción, y qué bienes forman parte de la herencia según lo dispuesto en el Código Civil (si los bienes son privativos o gananciales).

Posteriormente, se debe formar el inventario o haber hereditario, que consiste en valorar los bienes, derechos y obligaciones dejados por el fallecido (causante). También se debe recabar la información relativa a los seguros de vida.

La Ley del Impuesto sobre Sucesiones establece que para formar la base imponible se deben valorar los bienes y derechos por su «valor real».

Para los inmuebles, el Principado de Asturias, y el resto de Comunidades, suele publicar cada año unos coeficientes que, aplicados sobre el valor catastral del inmueble (urbanos) o sobre la superficie del terreno (rústicos), determinarían una suerte de «valor real mínimo». En el año 2015 se han fijado para Avilés, Gijón y Oviedo los coeficientes que se establecen en los enlaces que incorporamos abajo.

Además de los bienes y derechos, se deben tener en cuenta a efectos de determinar la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones las cargas y deudas deducibles.

Se pueden deducir los gastos de entierro y funeral así como las deudas que el fallecido haya dejado, tales como las deudas por otros tributos (IRPF, IVA, IBIS) o de la Seguridad Social, siempre que se satisfagan por los herederos. Como excepción, no se pueden deducir las deudas a favor de los herederos o de los legatarios.

Las preguntas que nos suelen plantear los clientes son algunas de las siguientes:

¿Se puede planificar la forma de pagar menos Impuesto sobre Sucesiones?, ¿Cómo puedo pagar menos Impuesto sobre Sucesiones?

En ocasiones sí es posible realizar labores de planificación, pues existen determinados bienes que gozan de ciertas reducciones o bonificaciones (como la vivienda habitual, los bienes afectos a un negocio, las participaciones en una sociedad…).

En Asturias, simplificando la normativa, un hijo no tienen que tributar por la herencia de su padre/madre si el patrimonio previo del hijo no supera los 403.000€ (según las normas del Impuesto sobre el Patrimonio), y si la porción de herencia que le corresponde no supera los 150.000€.

Nuestro despacho está especializado en el asesoramiento, planificación y liquidación del Impuesto sobre Sucesiones de herencias en Asturias y resto de comunidades, y residentes en el extranjero.

Nos encargamos de la realización de las operaciones de partición y adjudicación de las herencias a favor de los herederos, velando por el cumplimiento de la normativa vigente y tratando de buscar su ahorro desde el punto de vista tributario.

También colaboramos en la defensa de los contribuyentes en los casos de comprobación o inspección del Impuesto sobre Sucesiones, representándole ante las autoridades tributarias o por la vía de recursos ante los órganos administrativos y judiciales.

A continuación adjuntamos las valoraciones que ofrece el Principado de Asturias para 2015 de inmuebles urbanos a efectos del Impuesto sobre Sucesiones

Valor Inmuebles Avilés 2015

Valor Inmuebles Gijón 2015

Valor Inmuebles Oviedo 2015

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.