El Tribunal Constitucional y la Plusvalía Municipal

El Tribunal Constitucional y la Plusvalía Municipal

El Tribunal Constitucional declara parcialmente inconstitucional la aplicación del Impuesto sobre la Plusvalía Municipal

En los últimos tiempos, debido a la crisis inmobiliaria, se empezó a cuestionar la aplicación de la Plusvalía Municipal a ciertos casos en los que no se producía ganancia económica, pues no parece lógico pensar que si se pierde en una operación inmobiliaria se deba tributar por un Impuesto que grava el “incremento del valor de los terrenos urbanos”.

Un juez de San Sebastián planteó una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional, entendiendo que, tal y como está configurado el Impuesto -se gane o se pierda- se tributa siempre, y gravar pérdidas podría atentar contra el principio de “capacidad económica”.

El Tribunal Constitucional ha confirmado que, efectivamente, esa parte del Impuesto es inconstitucional pues “someten a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo a los sujetos pasivos que puedan acreditar esta circunstancia”.

El asunto se refería a la norma foral guipuzcoana pero el texto es similar a la vigente del territorio común, que también ha sido impugnada y está pendiente de resolución por el TC.

En consecuencia, si usted ha vendido una vivienda, un local o un solar y ha perdido dinero con la operación, podría tratar de evitar el pago de la plusvalía municipal o, en su caso, recuperar lo pagado indebidamente.

Si lo desea, póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos sobre su caso particular.

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