20 Jul El Supremo anula la orden de Hacienda de presentar la declaración del IRPF electrónicamente
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia anulando la exigencia a los contribuyentes de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través de medios electrónicos, según lo estipulado en la Orden del Ministerio de Hacienda del 4 de marzo de 2019. La Sala de lo Contencioso-Administrativo consideró que esta obligación general carecía de «supuestos y condiciones» que justificaran las razones económicas, técnicas, profesionales u otros motivos para imponer dicha obligación.
La sentencia responde a un recurso presentado por la Asociación Española de Asesores Fiscales, y se declaró la nulidad de varios artículos de la Orden de Hacienda que establecían la imposición general de presentar la declaración de IRPF por medios electrónicos.
El Tribunal Supremo subrayó que, aunque la Ley General Tributaria reconoce el derecho de los ciudadanos a utilizar medios electrónicos para relacionarse con la Administración, no debe convertirse en una obligación. Destacó que la Administración puede promover y facilitar el uso de estos medios, pero no puede imponer su utilización de forma obligatoria a los ciudadanos.
La sentencia también indicó que la Orden anulada eliminó la posibilidad de obtener la declaración y sus documentos en papel, exigiendo su presentación únicamente por medios electrónicos a través de Internet.
El Tribunal Supremo, en su veredicto, estableció que la Ley General Tributaria garantiza el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración, y no permite que el Ministro de Hacienda establezca una obligación general en donde exista un derecho, como en este caso.
En conclusión, la sentencia del Tribunal Supremo revocó la resolución previa de la Audiencia Nacional, dando la razón a la Asociación de Asesores Fiscales en su solicitud de anular la obligatoriedad de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos.
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