IRPF de los socios de sociedades mercantiles

IRPF de los socios de sociedades mercantiles

La AEAT ha publicado una nota sobre el tratamiento fiscal de los socios

La AEAT ha publicado una «nota informativa» con el objetivo de aclarar la tributación a efectos del IRPF (rendimientos del trabajo o de la actividad económica) de las retribuciones percibidas por los socios de las sociedades mercantiles en el IRPF.

En dicha nota se comentan tres casos que presentamos de forma muy resumida:

  • Los socios que son administradores de la sociedad perciben rendimientos del trabajo a efectos del IRPF.
  • Los socios que prestan a la sociedad servicios distintos de los de administrador. En estos casos se dice que la condición de socio es un indicio de la falta de relación laboral, en cuyo caso se tratará como un rendimiento de la actividad, si bien habrá que analizar cada caso
  • Y otros supuestos distintos de los anteriores, que por su especialidad también se calificarán en función de cada relación.

La nota no analiza otros temas relacionados como es la deducibilidad de las retribuciones satisfechas en el Impuesto sobre Sociedades o su posible incidencia en el IVA.

Para ver la nota de la Agencia tributaria pinche en el siguiente enlace

Nota de la AEAT retribución de socios

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